
ASAMBLEA NACIONAL
Convocada mediante Ley No.70-09,
que declara
Constitucional
SECRETARÍA
GENERAL
ORDEN DEL DÍA
CORRESPONDIENTE A LA
REUNIÓN ORDINARIA NO.0043
Martes 22 de septiembre de 2009
1
Comprobación del quórum y presentación de
excusas;
HORA DE CONVOCATORIA: 03:00 PM.
1er. REGISTRO EFECTUADO A LAS 15:03 (03:03
PM.).
007 Senadores
024 Diputados
031 Asambleístas presentes en el
primer registro.
2do. REGISTRO EFECTUADO A LAS 15:51 (03:51
PM.).
019 Senadores
123 Diputados
142 Asambleístas presentes al momento
de iniciar los
trabajos de este día.
HORA INICIO REUNIÓN: 15:51 (03:51 PM.).
Excusas recibidas hasta el momento de iniciar
los trabajos:
1.
Asambleísta Aridio Antonio Reyes (por hoy)
2.
Asambleísta Noé Marmolejos Mercedes (por hoy)
3.
Asambleísta Kenia Milagros Mejía Mercedes (por hoy)
4.
Asambleísta Ángela Pozo (22 y 23
de septiembre)
5.
Asambleísta Rafael Francisco Vásquez Paulino (22 y 23 de septiembre)
6.
Asambleísta Pedro Antonio Delgado Valdez (por hoy)
7.
Asambleísta Ramón Antonio Pimentel Gómez (22 y 23 de septiembre)
8.
Asambleísta Wilton Bienvenido Guerrero Dumé
9.
Asambleísta Felix María Vásquez Espinal
10. Asambleísta Juan Roberto
Rodríguez Hernández
2
Lectura
y aprobación de actas de reuniones anteriores, si las hubiere:
2.1
Acta de la reunión de la Asamblea Nacional No.00039,
de fecha 05 de agosto de 2009, sometida a consideración de los asambleístas y
disponible para información, consulta y observaciones hasta el día 23 de septiembre
de 2009, fecha en que se someterá a lectura y aprobación del pleno.
2.2
Acta de la reunión de la Asamblea Nacional No.00040,
de fecha 25 de agosto de 2009, sometida a consideración de los asambleístas y
disponible para información, consulta y observaciones hasta el día 23 de septiembre
de 2009, fecha en que se someterá a lectura y aprobación del pleno.
2.3
Acta de la reunión de la Asamblea Nacional No.00013,
de fecha 12 de mayo de 2009, sometida a consideración de los asambleístas y
disponible para información, consulta y observaciones hasta el día 28 de septiembre
de 2009, fecha en que se someterá a lectura y aprobación del pleno.
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA, REINALDO
PARED PÉREZ, REITERÓ EL AVISO DE LA DISPONIBILIDAD DE LAS ACTAS ANTES
DESCRITAS, A LOS FINES SEÑALADOS.
3
Lectura
de correspondencias siguiendo el orden de fechas de recibidas:
(No hay correspondencias)
4. Lectura de informes recibidos de
las comisiones en ocasión de la segunda lectura.
CONTINÚA
EL ORDEN DEL DÍA PENDIENTE DE LA REUNIÓN NO.0041, EFECTUADA EL JUEVES 17 DE
SEPTIEMBRE 2009.
4.1 LECTURA
DEL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA AL TEXTO APROBADO EN PRIMERA LECTURA QUE
MODIFICA LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA, DADA Y PROCLAMADA EL 25 DE JULIO DEL
2002, CONSTITUCIÓN VIGENTE. INFORME RECIBIDO EL 11 DE AGOSTO DEL 2009. (EN REUNIÓN 041, EFECTUADA EL 17/09/2009) SE INICIÓ
LA LECTURA DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA,
HASTA LA PÁGINA 16, ARTÍCULO 11 (38
RENUMERADO EN EL INFORME) APROBADO EN PRIMERA LECTURA, INCLUSIVE.
SE CONTINUA EN ESTA REUNIÓN CON LA
LECTURA DEL INFORME A PARTIR DE LA PÁGINA 16, DESDE EL ARTÍCULO 12 APROBADO EN
PRIMERA LECTURA EN ADELANTE. A SABER:
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO SIGUIENTE:
Ø
“MODIFICAR el Título II, artículo 8 numeral 2)
y sus respectivos literales de
o
RECONSIDERAR la
propuesta de reordenamiento de los numerales presentada por el Asambleísta
Eugenio Cedeño, que fue rechazada según consta en la votación 008 de la reunión
05 del 21-04-2009. Las comisión de Verificación y Auditoría propone en
consecuencia que los numerales se reordenen en la forma que se indica más
adelante:
o Justificación 1: En el
numeral 5), se propone cambiar el
término “detenido” por “persona detenida” pues es una expresión más
acorde con los derechos de la persona.
o Justificación 2: En el
numeral 5), se detecta una contradicción en la disposición de
la parte in fine que dice “autoridad
competente”, toda vez que el concepto de autoridad
judicial, que se eliminó mediante votación 011 de la reunión 05 celebrada
el 21-04-2009, sólo se flexibiliza para maximizar el régimen de garantías, que
no es el objeto en este caso, además de que el concepto genera una
contradicción con la lógica que sigue la enunciación del texto en cuanto a las
garantías ofrecidas a las personas. Por ello se propone corregir la
contradicción para que en vez de decir “autoridad competente”, diga “autoridad judicial competente”
o Justificación 3: En el
numeral 7), se propone una corrección para mejorar la redacción.
o Justificación 4: En el
numeral 10), se reorganizó el orden de las oraciones y se mejoró la redacción. Se propone incluir la expresión “la
ley es igual para todos”, que recoge el principio fundamental de
igualdad de los seres humanos ante la ley.
o Justificación 5: En el numeral
12), se reorganizó el orden de las
oraciones y se mejoró la redacción.
o Justificación 6: En el
numeral 14), se acoge la propuesta de
o Justificación 7: En el numeral 15), no se debe referir lo relativo al
carácter excepcional de las medidas de coerción de privación de libertad.
o Justificación 8: El numeral
16) se crea con la parte in fine del numeral 15 aprobado en primera lectura,
acogiendo la recomendación de
|
Propuesta de |
|
Artículo 41 1) 2) 3) 4)
5)
6)
7) 8) 9) 10)
11) 12) 13) 14) 15) 16) 17) INSCRITOS LOS TURNOS PARA EL DEBATE SOBRE ESTAS DISPOSICIONES. APROBADA LA MODIFICACIÓN QUE PRESENTA EL
ASAMBLEÍSTA PRESIDENTE REINALDO PARED PÉREZ PARA QUE EL TEXTO DEL NUMERAL 9)
QUE SOMETE LA COMISIÓN SE SUSTITUYA POR EL TEXTO DEL NUMERAL 15) APROBADO EN
PRIMERA LECTURA. (Dice el texto aprobado en primera: 15) Las medidas de coerción,
restrictivas de la libertad personal, tienen carácter excepcional y su
aplicación debe ser proporcional al peligro que trata de resguardar. Nadie
puede ser sometido a medidas de coerción sino por su propio hecho. ESTE TEXTO SUSTITUYE AL DEL NUMERAL 9), MANTENIENDO EL MISMO ORDEN DE LOS
NUMERALES. Votación
001 RECHAZADA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN QUE PRESENTA EL
ASAMBLEÍSTA LUIS JOSÉ GONZÁLEZ SÁNCHEZ PARA QUE EN EL NUMERAL 12) QUE
PRESENTA LA COMISIÓN, DONDE DICE: “…autoridad judicial…”, la palabra ‘judicial’ sea eliminada para que diga así: “Queda terminantemente prohibido el
traslado de cualquier persona detenida de un establecimiento carcelario a
otro lugar sin orden escrita y motivada de autoridad competente. Votación
002 RECHAZADA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN QUE PRESENTA LA
COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA EN EL NUMERAL 12) QUE DICE: “Queda
terminantemente prohibido el traslado de cualquier persona detenida de un
establecimiento carcelario a otro lugar sin orden escrita y motivada de
autoridad judicial competente”. Votación
003 APROBADO TEXTO APROBADO EN PRIMERA LECTURA QUE FIGURÓ COMO
NUMERAL 5), QUE AHORA FIGURA COMO NUMERAL 12) (DEL ARTÍCULO 41 DEL INFORME),
QUE DICE ASÍ: “Queda terminantemente prohibido el
traslado de cualquier detenido de un establecimiento carcelario a otro lugar
sin orden escrita y motivada de autoridad competente”. Votación
004 RECHAZADA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN PRESENTADA POR
LOS ASAMBLEÍSTAS PELEGRÍN HORACIO CASTILLO SEMÁN Y JOSÉ RICARDO TAVÉRAS
BLANCO PARA AGREGAR EN EL NUMERAL 1) DEL ARTÍCULO QUE SE PROPONE COMO 41 EN
EL INFORME, después de donde dice “salvo el caso de flagrante delito”,
AGREGAR LA EXPRESIÓN “o bajo régimen de disciplina militar o policial”. Votación
005 RECHAZADA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN AL NUMERAL 1)
PRESENTADA POR EL ASAMBLEÍSTA RAFAEL MOLINA LLUBERES PARA QUE ESTE DIGA: Nadie podrá ser reducido a prisión o cohibido
de su libertad sin orden motivada y escrita de funcionario competente, salvo
el caso de flagrante delito. Votación
006 APROBADA EN SEGUNDA LECTURA LA PROPUESTA DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y
AUDITORÍA EN CUANTO AL NUMERAL 1). Votación
007 APROBADO EL
ARTÍCULO SOMETIDO POR LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, CON LAS
MODIFICACIONES INTRODUCIDAS, EL EPÍGRAFE Y SUS NUMERALES EN EL ORDEN SOMETIDO
POR LA COMISIÓN. Votación
008 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø
MODIFICAR el Título II, de la CONSTITUCIÓN
VIGENTE, incorporando nuevo artículo y disposiciones, con el texto aprobado
en primera lectura y transcrito como Artículo 13. Diría:
|
Propuesta de la Comisión de Verificación |
|
Artículo 42 APROBADO EL ARTÍCULO CON SU EPÍGRAFE, COMO FUE SOMETIDO POR LA
COMISIÓN. Votación
009 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø
MODIFICAR el Título
II, artículo 8 numeral 1) e incluir nuevas disposiciones a
|
Propuesta de |
|
Artículo 43 1) Ninguna
persona puede ser sometida a penas, torturas o procedimientos vejatorios que
impliquen la pérdida o disminución de su
salud, o de su integridad física o psíquica; 2) Se condena
la violencia intrafamiliar y de género en
cualquiera de sus formas. El Estado garantizará
mediante ley la adopción de medidas necesarias para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra la mujer; 3) Nadie puede ser
sometido, sin
consentimiento previo, a experimentos y procedimientos que no se
ajusten a las normas científicas y bioéticas internacionalmente reconocidas.
Tampoco a exámenes o procedimientos médicos,
excepto cuando se encuentre en peligro su vida. APROBADA LA PROPUESTA
PRESENTADA POR LA COMISIÓN COMO ARTÍCULO
43, CON SUS NUMERALES Y
EPÍGRAFE. Votación
010 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø
MODIFICAR el Título
II, de
|
Propuesta de |
|
Artículo 44 RECHAZADA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN PRESENTADA POR EL ASAMBLEÍSTA
RAFAEL PORFIRIO CALDERÓN MARTÍNEZ AL ARTÍCULO QUE FIGURA COMO 44 EN EL
INFORME, QUE DICE: “Toda persona tiene
derecho al libre desarrollo de su personalidad, sin más limitaciones que las
impuestas por los derechos de los demás”. Votación
011 APROBADA LA PROPUESTA PRESENTADA POR LA COMISIÓN COMO ARTÍCULO 44, CON SU EPÍGRAFE. Votación
012 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø
MODIFICAR el Título
II, artículo 8 numerales 3) y 9) de
o
Reenumerar. Se acogen las
recomendaciones de
o
En el numeral 2) se propone añadir en la
parte in fine la expresión “informaciones” para precisar el concepto de que lo que se
corrigen son las inexactitudes o falsedades sobre los datos;
o En el numeral 2)
se propone una reformulación del texto para armonizar el numeral 4) con lo establecido
en el 2) y para propiciar un mayor equilibrio entre los derechos del
justiciable y los de la sociedad;
o
En el numeral 4) se
propone un cambio de la condición
procesal “de sentencia
irrevocable” a “apertura
a juicio” por ser esta última de carácter
público. Se homologa la designación de “registros públicos o privados” a
“registros públicos” para no establecer diferenciación de conceptos en el
carácter de los mismos. Diría:
|
Propuesta de |
|
Artículo 45 1)
El hogar, el domicilio y
todo recinto privado de la persona son inviolables, salvo en los casos que
sean ordenados de conformidad con la ley, por
autoridad judicial competente o en caso de
flagrante delito; 2)
Toda persona tiene el derecho a
acceder a la información y a
los datos que sobre ella o sus
bienes reposen en los
registros oficiales o privados, así como conocer el destino
y el uso que se haga de
los mismos, con las limitaciones fijadas por la ley. El tratamiento de
los datos e informaciones personales o sus bienes deberá hacerse respetando los
principios de calidad, licitud,
lealtad, seguridad y finalidad. Podrá solicitar ante la autoridad
judicial competente, la actualización,
oposición al tratamiento,
rectificación o destrucción de aquellas informaciones
que afecten ilegítimamente sus
derechos; 3)
Se reconoce la inviolabilidad
de la correspondencia, documentos o
mensajes privados en formatos físico, digital, electrónico o de todo otro tipo. Sólo podrán ser ocupados, interceptados o registrados, por orden de una
autoridad judicial competente, mediante
procedimientos legales en la sustanciación de asuntos que se ventilen en la
justicia y preservando el secreto de lo privado, que no guarde relación con
el correspondiente proceso. Es inviolable
el secreto de la comunicación telegráfica, telefónica, cablegráfica,
electrónica, telemática o la establecida en
otro medio, salvo las autorizaciones otorgadas por juez o autoridad competente, de conformidad con la ley; 4)
El manejo, uso o tratamiento de
datos e informaciones de carácter oficial que recaben las autoridades
encargadas de la prevención, persecución y castigo del crimen, sólo podrán
ser tratados o comunicados a los
registros públicos, a
partir de que haya intervenido una apertura a juicio, de conformidad con la
ley. APROBADA LA PROPUESTA PRESENTADA POR LA COMISIÓN COMO ARTÍCULO 45, QUE
CORRESPONDIÓ AL ARTÍCULO 16 DEL TEXTO APROBADO EN PRIMERA LECTURA, CON SU EPÍGRAFE. Votación
013 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR el Título II, artículo
8 numeral 8) de
|
Propuesta de |
|
Artículo 46 APROBADA LA PROPUESTA PRESENTADA POR LA COMISIÓN COMO ARTÍCULO 46, QUE
CORRESPONDIÓ AL ARTÍCULO 17 DEL TEXTO APROBADO EN PRIMERA LECTURA, CON SU EPÍGRAFE. Votación
014 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR el Título II, artículo
8 numeral 4) de
|
Propuesta de |
|
Artículo 47
1) Ningún dominicano o dominicana puede
ser privado del derecho a ingresar al
territorio nacional. Tampoco puede ser
expulsado o
extrañado del mismo, salvo caso de extradición
pronunciado por
autoridad judicial competente, conforme la ley y los acuerdos internacionales vigentes sobre la materia; 2)
Toda persona tiene
derecho a solicitar asilo en el territorio nacional, en caso de persecución por
razones políticas. Quienes se encuentren en
condiciones de asilo gozarán de la protección que garantice el pleno
ejercicio de sus derechos, de conformidad con
los acuerdos, normas e instrumentos internacionales suscritos y ratificados por APROBADA LA PROPUESTA
QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, QUE CONTIENE LA
ELIMINACIÓN DEL EPÍGRAFE DE LA SUB-SECCIÓN APROBADA EN PRIMERA LECTURA Y EL
EPÍGRAFE DE ESTE ARTÍCULO, QUE SE PRESENTA COMO ARTÍCULO 47, APROBADO
COMO 18 EN LA PRIMERA LECTURA, CON SUS NUMERALES. Votación
015 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR en el Título II, el
artículo 8 numeral 7) de
o
Un
cambio en la redacción del Artículo 20 para subsanar la diferencia en la
formulación de los derechos, homologando su enunciación a los demás concebidos
en el resto de las disposiciones de esta sección. Dirían:
|
Propuesta de |
|
Artículo 48 Artículo 49 APROBADOS LOS ARTÍCULOS
48 Y 49 DEL INFORME, 19 Y 20 EN PRIMERA LECTURA, CON SUS CORRESPONDIENTES
EPÍGRAFES. Votación
016 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR en el Título II, el
artículo 8 numerales 6) y 10) de
|
Propuesta de |
|
Artículo 50 1)
Toda persona tiene derecho a la información. Este
derecho comprende buscar, investigar, recibir y difundir información veraz de todo tipo, de carácter público, por
cualquier medio, canal o vía, conforme
determinan 2)
Todos los medios de información tienen libre acceso
a las fuentes noticiosas oficiales y privadas de interés público, de conformidad con la ley; 3)
El secreto profesional y la cláusula de conciencia
del periodista están protegidos por 4) Toda persona tiene
derecho a la réplica y rectificación cuando se sienta lesionada por
informaciones difundidas. Este
derecho se ejercerá de conformidad con la ley; 5)
La ley garantiza el acceso equitativo y plural de
todos los sectores sociales y políticos a los medios de comunicación
propiedad del Estado. Párrafo.-
El disfrute de estas libertades se ejercerá respetando el derecho al honor, a
la intimidad, así como a la dignidad y la moral de las personas, en
especial la protección de la juventud
y de la infancia, de conformidad con la ley y el orden público. APROBADA LA PROPUESTA DE
LAS DIFERENTES BANCADAS PARA QUE SE ELIMINE LA PALABRA ‘VERAZ’ DEL NUMERAL
PRIMERO (DEL ARTÍCULO QUE PROPONE LA COMISIÓN COMO 50). Votación
017 APROBADA LA PROPUESTA
QUE PRESENTA LA COMISIÓN COMO ARTÍCULO 50, APROBADO COMO 21 EN LA
PRIMERA LECTURA, CON SU EPÍGRAFE Y LA MODIFICACIÓN INTRODUCIDA DE LA
ELIMINACIÓN DE LA PALABRA ‘VERAZ’, INCLUYENDO SU PÁRRAFO Y SUS NUMERALES. Votación
018 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR en el Título II, el
artículo 8 numeral 12) de
|
Propuesta de |
|
SECCIÓN
III DE LOS
DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES Artículo 51 1)
El Estado favorece y vela por la competencia libre y
leal. La ley sancionará las prácticas restrictivas de
la competencia y el abuso de posición dominante, independientemente de su
naturaleza o procedencia. Sólo se
permite, mediante ley, el monopolio en provecho del Estado y sus
instituciones, cuando así lo requiera el interés general o la seguridad
nacional; 2)
Es deber del Estado
dictar las medidas necesarias para
regular la economía e impulsar el desarrollo integral del país; 3) El Estado puede
otorgar concesiones por el tiempo y la forma que determine la ley, cuando se trate de explotación de recursos
naturales o de la prestación de servicios públicos, asegurando siempre la existencia de contraprestaciones o contrapartidas
adecuadas al interés público y al equilibrio medioambiental. APROBADA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN SUSCRITA POR LAS DIFERENTES BANCADAS,
PRESENTADA POR EL ASAMBLEÍSTA CHARLES NOEL MARIOTTY TAPIA, PARA EL PÁRRAFO
INICIAL (SE REFIERE A LA PARTE CAPITAL DEL ARTÍCULO) QUE DIRÍA ASÍ: ‘El
Estado reconoce y garantiza la libre empresa, comercio e industria. Todas las personas tienen derecho a
dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más
limitaciones que las prescritas en esta Constitución y las que establezcan
las leyes’. Votación
019 APROBADA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN SUSCRITA POR LAS DIFERENTES BANCADAS,
PRESENTADA POR EL ASAMBLEÍSTA CHARLES NOEL MARIOTTY TAPIA, PARA EL NUMERAL
1), QUE DICE ASÍ: ‘No se permitirán monopolios salvo en provecho del
Estado. La creación y organización de
esos monopolios se hará por ley. El
Estado favorece y vela por la competencia libre y leal y adoptará las medidas
que fueren necesarias para evitar los efectos nocivos y restrictivos del
monopolio y del abuso de posición dominante, estableciendo por ley
excepciones para los casos de la seguridad nacional’. Votación
020 APROBADA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN PRESENTADA POR LAS DIFERENTES BANCADAS PARA
QUE EL NUMERAL 2) DIGA: ‘El Estado podrá dictar
medidas para regular la economía y promover planes nacionales de
competitividad e impulsar el desarrollo integral del país’. Votación
021 APROBADA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN PRESENTADA POR LA COMISIÓN COMO ARTÍCULO
51 Y APROBADO COMO ARTÍCULO 22 EN LA PRIMERA LECTURA CON EL EPÍGRAFE DE
LA SECCIÓN, CON EL EPÍGRAFE DEL ARTÍCULO SUS TRES NUMERALES Y CON LAS MODIFICACIONES
INTRODUCIDAS. Votación
022 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR en el Título II, el
artículo 8 numeral 13) de
o Reconsiderar la eliminación de la expresión “el acuerdo entre las partes” del literal a) de
la propuesta del Poder Ejecutivo, como criterio para la determinación del justo
valor. Se produjo la eliminación
de esta expresión mediante modificación al literal sancionada con la votación
005 de la reunión de
o Sustituir la expresión “de calamidad pública” por
dos de los tres estados se excepción contemplados en el nuevo texto
constitucional.
o
Eliminar la primera parte del literal b),
por estar contenida en el literal d). Se propone reformular el literal d) para
eliminar lo relativo a, d)….nacionales o
extranjeras salvo las que sea establecidas por sentencia de la autoridad
competente en virtud de la ley, debido que la disposición contradice lo
que se quiere normar. Se propone convertir los literales en numerales y reordenar
su enunciación. Dirían:
|
Propuesta de |
|
Artículo 52 1) Ninguna persona puede ser privada de su propiedad,
sino por causa justificada de utilidad pública o de interés social, previo
pago de su justo valor, determinado por acuerdo entre
las partes o sentencia de tribunal competente, de conformidad con lo establecido en
la ley. En caso de
declaratoria de estado de emergencia o de defensa, la indemnización
podrá no ser previa; 2)
El Estado promoverá, de acuerdo con la ley, el
acceso a la propiedad, en especial a la propiedad inmobiliaria titulada; 3)
Se declara de
interés social la dedicación de la tierra a fines útiles y la eliminación
gradual del latifundio. Es un objetivo principal de la política social del
Estado, promover la reforma agraria y la integración de
forma efectiva de la población campesina al proceso de desarrollo
nacional, mediante el estímulo y la cooperación para la renovación de sus
métodos de producción agrícola y su capacitación tecnológica; 4)
No
habrá confiscación por razones políticas a los bienes de las personas físicas
o jurídicas; 5) Sólo
podrán ser objeto de confiscación o decomiso, mediante sentencia definitiva, los
bienes de personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan
su origen en actos ilícitos cometidos contra el
patrimonio público, así como los
utilizados o provenientes de actividades de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas o relativas a la delincuencia transnacional organizada y de toda
infracción prevista en las leyes penales; 6) La ley establecerá
el régimen de administración y disposición de bienes incautados y abandonados
en los procesos penales y en los juicios de
extinción de dominio, previstos en el ordenamiento jurídico. APROBADA LA PROPUESTA QUE PRESENTA LA COMISIÓN COMO ARTÍCULO 52,
APROBADO COMO 23 EN LA PRIMERA LECTURA, CON SU EPÍGRAFE Y SUS SEIS
NUMERALES. Votación
023 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR en el Título II, el
artículo 8 de
|
Propuesta de |
|
Artículo 53 APROBADA LA PROPUESTA PRESENTADA POR LA BANCADA DEL PARTIDO REFORMISTA SOCIAL
CRISTIANO Y TAMBIÉN SUSCRITA POR LAS BANCADAS DEL PLD Y PRD PARA ELIMINAR EN
LA PARTE FINAL LA EXPRESIÓN QUE DICE:
‘…por causa de utilidad pública
e interés nacional’, ES DECIR, TERMINARÍA EN LA PALABRA ‘ley’. Votación
024 APROBADA LA PROPUESTA QUE PRESENTA LA COMISIÓN COMO ARTÍCULO 53, EN LA
PRIMERA LECTURA FUE NUEVO, CON SU
EPÍGRAFE Y MODIFICACIÓN INTRODUCIDA. |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR en el Título I, el
artículo 8 de
|
Propuesta de |
|
Artículo 54 APROBADA LA PROPUESTA QUE PRESENTA LA COMISIÓN CON SU EPÍGRAFE, QUE FIGURA
COMO ARTÍCULO 54, TENÍA EL NÚMERO 24 EN PRIMERA LECTURA. Votación
026 Artículo 55 APROBADA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN
PRESENTADA POR EL ASAMBLEÍSTA RAFAEL PORFIRIO CALDERÓN MARTÍNEZ PARA QUE
DONDE DICE: ‘el Estado debe promover…’, SE CAMBIE POR LA EXPRESIÓN: ‘el Estado promoverá…’, Y DESPUÉS EL TEXTO
SE MANTIENE IDÉNTICO. Votación
027 APROBADA LA PROPUESTA PRESENTADA POR LA COMISIÓN
QUE FIGURA COMO ARTÍCULO 55 CON SU EPÍGRAFE Y LA MODIFICACIÓN
INTRODUCIDA. Votación
028 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR en el Título II, el
artículo 8 numeral 15 con los respectivos literales de
o RECONSIDERAR. El
rechazo al numeral 4), del informe presentado por
o
En el numeral 5) se propone eliminar la expresión “y en lo que respecta a los
hijos”, porque la disposición del numeral está
relacionada con bienes;
o
Se incorpora como numeral 13) las disposiciones del
artículo 36 aprobado en primera lectura, al cual además se le agrega la parte in fine del
numeral 3) artículo 36). Diría:
|
Propuesta de |
|
Artículo 56 1)
Toda persona tiene derecho a constituir una familia, en cuya formación
y desarrollo la mujer y el hombre gozan de
iguales derechos y deberes y se deben
compresión mutua y respeto reciproco; 2)
El Estado garantizará la protección
de la familia. El bien de familia es inalienable e
inembargable de conformidad con la ley; 3)
El Estado promoverá y protegerá la organización de la familia sobre la
base de la institución del matrimonio entre un hombre y una mujer. La ley
establecerá los requisitos para contraerlo, las formalidades para su celebración, sus
efectos personales y patrimoniales, las causas de separación o de disolución,
el régimen de bienes y los derechos y deberes entre los cónyuges; 4)
Los matrimonios religiosos tendrán efectos
civiles en los términos que establezca la ley, sin perjuicio de lo
dispuesto en los tratados internacionales. 5)
La unión singular y estable entre un hombre y una mujer, libres de
impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, genera derechos y
deberes en sus relaciones personales y patrimoniales, de conformidad con ley; 6)
La maternidad, sea cual fuere la condición social o el estado civil de
la mujer, gozará de la protección de los poderes públicos y genera derecho a
la asistencia oficial en caso de desamparo; 7)
Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad, a un nombre propio, al apellido del padre y de la
madre y a conocer la identidad de los mismos; 8)
Todas las personas tienen derecho desde su nacimiento a ser inscritas gratuitamente en el registro civil o en el libro
de extranjería y a obtener los documentos públicos que comprueben su identidad, de conformidad con la ley; 9)
Todos los hijos son iguales ante la ley, tienen iguales derechos y
deberes y disfrutarán de las mismas oportunidades de desarrollo social,
espiritual y físico. Se prohíbe toda mención sobre la naturaleza de la
filiación en los registros civiles y en todo documento
de identidad; 10) El Estado promueve la
paternidad y maternidad responsables. El padre y la madre, aun después de la
separación y el divorcio, tienen el deber compartido e irrenunciable de alimentar, criar, formar, educar, mantener, dar
seguridad y asistir a sus hijos e hijas. La ley establecerá las medidas
necesarias y adecuadas para garantizar la efectividad de estas obligaciones; 11) El Estado reconoce el
trabajo del hogar como actividad económica 12)
El Estado garantizará mediante ley
políticas seguras y efectivas para la
adopción; 13)
Se reconoce el valor de los jóvenes como actores
estratégicos en el desarrollo de la nación.
El Estado garantiza y promueve
el ejercicio efectivo de sus
derechos, a través de políticas
y programas que aseguren de modo permanente su participación en todos los
ámbitos de la vida nacional y, en particular, su capacitación y su acceso al primer empleo. APROBADA LA PROPUESTA PRESENTADA POR LA COMISIÓN QUE
FIGURA COMO ARTÍCULO 56, ANTERIORMENTE EL ARTÍCULO 25, CON SU EPÍGRAFE
Y SUS TRECE NUMERALES. Votación
029 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR en el Título II, el
artículo 8 numeral 15 literal a) de
|
Propuesta de |
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Artículo 57 1-Se declara del más alto
interés nacional la erradicación del trabajo infantil y todo tipo de maltrato
o violencia contra las personas menores de edad. Los niños, niñas y adolescentes
serán protegidos por el Estado contra toda forma de abandono, secuestro,
estado de vulnerabilidad, abuso o violencia física, sicológica, moral o
sexual, explotación comercial, laboral, económica
y trabajos riesgosos; 2-Se promoverá la participación
activa y progresiva de los niños, niñas y adolescentes en la vida familiar,
comunitaria y social; 3-Los
adolescentes son sujetos activos del proceso de desarrollo. El Estado, con la
participación solidaria de las familias y la sociedad, creará oportunidades
para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta. APROBADA LA INICIATIVA COMO LA PRESENTA
LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN EN SU ARTÍCULO 57, ARTÍCULO 26 EN PRIMERA
LECTURA, CON SU EPÍGRAFE. Votación
030 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR en el Título II I, el
artículo 8 numeral 17) de
|
Propuesta de |
|
Artículo 58 APROBADA LA PROPUESTA PRESENTADA POR LA COMISIÓN QUE FIGURA COMO ARTÍCULO
58 EN SU INFORME, ARTÍCULO 27 EN PRIMERA LECTURA, CON SU EPÍGRAFE. Votación
031 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR el Título II de
|
Propuesta de |
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Artículo 59 RECHAZADA LA PROPUESTA
PRESENTADA POR EL ASAMBLEÍSTA RAFAEL PORFIRIO CALDERÓN MARTÍNEZ PARA QUE
DONDE DICE: ‘el Estado adoptará las medidas positivas necesarias…’, SE ELIMINE
LA PALABRA ‘positivas’ PARA QUEDE
‘EL ESTADO ADOPTARÁ LAS MEDIDAS NECESARIAS…’, ES DECIR, QUE SE ELIMINE LA
PALABRA ‘positivas’. Votación
032 APROBADA LA PROPUESTA QUE FIGURA EN EL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN
Y AUDITORÍA COMO ARTÍCULO 59 CON SU EPÍGRAFE. Votación
033 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR el Título II, artículo
8 numeral 15 letra b) de
|
Propuesta de |
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Artículo 60 APROBADA LA PROPUESTA QUE FIGURA EN EL INFORME (DE
LA COMISIÓN PERMANENTE DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA) COMO ARTÍCULO 60
CON SU EPÍGRAFE. Votación
034 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR en el Título II, el
artículo 8 numeral 17) en su parte capital de
|
Propuesta de |
|
Artículo 61 APROBADA LA PROPUESTA QUE FIGURA EN EL INFORME (DE LA
COMISIÓN PERMANENTE DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA) COMO ARTÍCULO 61 CON SU EPÍGRAFE. Votación
35 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
Ø MODIFICAR en el Título II, el
artículo 8 numeral 17) en su segundo, tercero y cuarto párrafo gramatical de
o
Incluir el acceso al agua potable como elemento
fundamental de la salud.
o
RECONSIDERAR el rechazo a la propuesta de
o
En el numeral 2)
se propone acoger las recomendaciones de
|
Propuesta de |
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Artículo 62 1)
El Estado debe velar por la
protección de la salud de todas las personas, el
acceso al agua potable, el mejoramiento de la alimentación, de los
servicios sanitarios, las
condiciones higiénicas, el saneamiento
ambiental, así como procurar
los medios para la prevención y tratamiento de todas las enfermedades, asegurando el acceso a
medicamentos de calidad y dando asistencia médica y hospitalaria
gratuita a quienes la requieran; 2) El Estado garantizará, mediante legislaciones y
políticas públicas, el ejercicio de los derechos económicos y sociales de la
población de menores ingresos y,
en consecuencia prestará su protección
y asistencia a los grupos y sectores
vulnerables; combatirá los vicios sociales con las medidas adecuadas y con el auxilio de las convenciones y las
organizaciones internacionales. RECHAZADA LA PROPUESTA DE PROCEDIMIENTO
PRESENTADA POR EL ASAMBLEÍSTA ÁNGEL ACOSTA FÉLIZ, PARA QUE ESTE ARTÍCULO (SE
REFIERE A LA PROPUESTA QUE FIGURA EN EL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA COMO ARTÍCULO 62), INCLUYENDO LAS PROPUESTAS DE
MODIFICACIÓN QUE SE HAN PRESENTADO, SEA DEJADO SOBRE LA MESA PARA LA PRÓXIMA
SESIÓN. Votación
036 RECHAZADA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN
PRESENTADA POR EL ASAMBLEÍSTA ALBERTO ELÍAS ATALLAH LAJAN, QUE DICE: “Modificar el numeral 2, del
artículo 62 (del informe de la Comisión Permanente de Verificación y
Auditoría), agregando al final: el derecho a la salud, el acceso a
medicamentos y el derecho a la nutrición prevalecerán sobre los derechos de
propiedad intelectual”. Votación
037 RECHAZADA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN
PRESENTADA POR LOS ASAMBLEÍSTAS CRISTIAN PAREDES APONTE, FRANCISCO ROSARIO
MARTÍNEZ, EUCLIDES BATISTA BRACHE, RAMÓN ALEJANDRO MONTÁS RONDÓN Y RAMÓN
ROGELIO GENAO DURÁN PARA AGREGAR UN
NUMERAL NUEVO, QUE SERÍA EL 3, QUE DIRÍA: “El derecho a la salud, el acceso a medicamentos y
el derecho a la nutrición prevalecerán sobre los derechos económicos. En consecuencia, el Estado garantizará la
adopción y aplicación efectiva de políticas y medidas tendentes a su
protección en el marco del reconocimiento y observancia de los derechos de
propiedad intelectual”. Votación
038 APROBADA LA PROPUESTA PRESENTADA POR
LA COMISIÓN (PERMANENTE DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA) COMO ARTÍCULO 62 Y SU EPÍGRAFE. Votación
039 |
POR SECRETARÍA FUE LEÍDO DEL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA, EL TEXTO
SIGUIENTE:
MIENTRAS
SE DABA LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN, PASÓ A DIRIGIR LOS TRABAJOS DE
LA REUNIÓN EL VICEPRESIDENTE DE LA ASAMBLEA, ASAMBLEÍSTA JULIO CÉSAR
VALENTÍN JIMINÍAN.
Ø MODIFICAR en el Título II, el
artículo 8 numeral 11) y respectivos literales de
|
Propuesta de |
|
Artículo 63 1)
El Estado
garantiza la igualdad y equidad de mujeres y hombres en el ejercicio del
derecho al trabajo. 2)
Nadie puede
impedir el trabajo de los demás ni obligarles
a trabajar contra su voluntad; 3)
Son derechos básicos de trabajadores y trabajadoras,
entre otros: la libertad sindical, la seguridad social, la negociación
colectiva, el disfrute de un salario justo y suficiente, la capacitación
profesional, el respeto a su capacidad física e
intelectual, a su intimidad y a su dignidad personal; 4)
La organización
sindical es libre y democrática, debe ajustarse a sus estatutos y ser
compatible con los principios consagrados en esta Constitución y las leyes; 5)
Se prohíbe toda clase de discriminación para acceder
al empleo o durante la prestación del servicio, salvo las excepciones
previstas por la ley con fines de proteger al
trabajador o trabajadora. 6)
Para resolver
conflictos laborales y pacíficos se reconoce el derecho de trabajadores a la
huelga y de empleadores al paro de las empresas privadas, siempre que se
ejerzan con arreglo a la ley, la cual
dispondrá las medidas para garantizar el
mantenimiento de los servicios públicos o los
de utilidad pública, sin perjuicio de las competencias del Presidente
de 7)
La ley
dispondrá, según lo requiera el interés general, las jornadas de trabajo, los
días de descanso y vacaciones, los salarios mínimos y sus formas de pago, la
participación de los nacionales en todo trabajo, la participación de las y los trabajadores en los beneficios de la empresa y, en general, todas las
medidas mínimas que se consideren necesarias a favor de los trabajadores,
incluyendo regulaciones especiales para el trabajo informal, a domicilio y
cualquier otra modalidad del trabajo humano. El Estado facilitará los medios a su
alcance para que las y los trabajadores puedan
adquirir los útiles e instrumentos indispensables a su labor. 8)
Es
obligación de todo empleador garantizar a sus trabajadores
condiciones de seguridad, salubridad, higiene
y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas para promover la
creación de instancias integradas por empleadores y trabajadores para la
consecución de estos fines; 9)
Todo trabajador
tiene derecho a un salario justo y suficiente que le permita vivir con
dignidad y cubrir para sí y su familia necesidades básicas materiales,
sociales e intelectuales. Se garantiza el
pago de igual salario por igual trabajo sin discriminación de género o de otra índole y en idénticas condiciones de capacidad,
eficiencia y antigüedad; 10)
Es de
alto interés la aplicación de las normas laborales relativas a la
nacionalización del trabajo. La ley determinará el porcentaje de extranjeros que pueden
prestar sus servicios a una empresa como trabajadores asalariados. APROBADA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LOS ASAMBLEÍSTAS RAMÓN ALEJANDRO
MONTÁS RONDÓN Y FRANCIS EMILIO VARGAS FRANCISCO, QUE PLANTEA ELIMINAR LA
FRASE DEL NUMERAL 3), DEL ARTÍCULO 63, QUE DICE: ‘…El
disfrute de un salario justo y suficiente…’, EN VIRTUD DE QUE SE ENCUENTRA
CONSIGNADO EN EL NUMERAL 9). Votación
040 APROBADA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN PRESENTADA POR EL DIPUTADO RAFAEL PORFIRIO
CALDERÓN MARTÍNEZ, PARA QUE DEL NUMERAL 6), DEL ARTÍCULO 63, SEA ELIMINADA LA
FRASE ‘… sin perjuicio de la competencia del Presidente de la República…’. Votación
041 RECHAZADA LA ENMIENDA
PRESENTADA POR LOS ASAMBLEÍSTA JOSÉ RICARDO TAVERAS BLANCO Y PELEGRÍN HORACIO
CASTILLO SEMÁN, QUE DICE ASÍ: “…Se
prohíbe toda interrupción, entorpecimiento, paralización de actividades o
reducción intencional de rendimiento en las labores de las empresas privadas
o del Estado. Será ilícita todo paro, interrupción, entorpecimiento o
reducción intencional de rendimiento que afecten la Administración, los
servicios públicos o los de utilidad pública. La ley dispondrá las medidas
necesarias para garantizar la observancia de estas normas”. Votación
042 APROBADA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN PRESENTADA POR EL ASAMBLEÍSTA RAMÓN ALEJANDRO MONTÁS
RONDÓN AL NUMERAL 9), DEL ARTÍCULO 63, QUE PROCURA REEMPLAZAR LA EXPRESIÓN ‘… el
pago de igual salario, por igual trabajo…’, por la frase ‘…el pago de
igual salario, por trabajo de igual valor…’. Votación
043 APROBADO EL ARTÍCULO
63, CON SUS NUMERALES, CON EL INFORME, CON LAS MODIFICACIONES QUE SE HAN
PRODUCIDO, Y CON SU EPÍGRAFE. Votación
044 |
REASUME LA CONDUCCIÓN DE LOS TRABAJOS EL
PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA REINALDO PARED PÉREZ.
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA REINALDO
PARED PÉREZ, SIENDO LAS 20:36 (08:36 PM) DECLARÓ UN RECESO DE LOS TRABAJOS
HASTA EL LUNES 28/09/2009 A LAS 15:00 (03:00 PM).
Credenciales de
elaboración y publicación:
|
Presidente de la Asamblea |
Reinaldo de las Mercedes
Pared Pérez |
|
Secretaría General de la
Asamblea Nacional |
Paris Goico, Secretario
General Legislativo del Senado de la República. Ruth Helen Paniagua Guerrero,
Secretaria General Legislativa de la Cámara de Diputados. Mercedes Camarena Ángela Jáquez Rodríguez. Lelis Santana Fernández de Faxas Romena Cedano |
|
Relatoras-Taquígrafas
Parlamentarias actuantes en esta reunión. |
Johasmy Morel Bethania García Janeida Rodríguez Ana Díaz Rosa Santelises |
|
Gabinete de Secretaría
actuante en la elaboración del orden del día propuesto. |
Ingrid Abreu Jiménez Leslie Valdez |
|
Elaboración
orden del día conocido por el Pleno y publicación Web. |
Lelis Santana Fernández de
Faxas Ángela Jáquez Rodríguez |